Artículo 146

Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto realizará, de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título.

Periodo de actualización: Anual

 

 

Calendario

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Área(s) o Unidad(es) Administrativa(s) Responsable(s) de la Información: Presidencia / Sala Superior / Salas Ordinarias / Órgano Interno de Control / Secretarías Generales de Acuerdos / Oficialía de Partes / Secretaría General de Compilación y Difusión / Secretaría General de Defensoría Jurídica y Orientación Ciudadana / Unidad Técnica de Derechos Humanos y Equidad de Género / Dirección General de Administración / Dirección de Recursos Humanos / Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales / Dirección de Informática / Dirección de Recursos Financieros / Instituto de Especialización en Justicia Administrativa de la Ciudad de México / Unidad de Transparencia.